Ayudas individuales para el apoyo al acogimiento familiar de menores | Asturias Tramita

Algunas familias optan por poner a su cargo a menores de edad en régimen de acogimiento, así que son de agradecer las ayudas y apoyo que se ofrecen desde las diferentes administraciones públicas. Este colectivo, el de menores, es de los que más atención y cuidado precisan y por ello el papel de estas familias de acogida es tan importante.

 

 

 

Algunas familias optan por poner a su cargo a menores de edad en régimen de acogimiento, así que son de agradecer las ayudas y apoyo que se ofrecen desde las diferentes administraciones públicas. Este colectivo, el de menores, es de los que más atención y cuidado precisan y por ello el papel de estas familias de acogida es tan importante.

Hace unos días se ha publicado la convocatoria de ayudas individuales al acogimiento familiar de menores y aquí te vamos a explicar, en qué consisten y cómo podemos solicitarlas. Presta atención.

Estas ayudas económicas que concede el Gobierno del Principado de Asturias (ver BOPA), están dirigidas a aquellas personas físicas que tengan a su cargo menores en régimen de acogimiento y tienen como objeto subvencionar gastos corrientes realizados durante el ejercicio 2010 relativos a la manutención y así como otros asociados al acogimiento de las y los menores.

Para solicitar estas ayudas no es necesario desplazarse ya que la puedas hacer desde casa, por Internet, a través de este enlace del Portal del Principado www.asturias.es.

El plazo de solicitud está abierto desde el 3 de septiembre hasta el próximo 27 de septiembre de 2010. Si vas a solicitar la subvención a través de Internet simplemente debes utilizar tu certificado digital (el del DNIe o el de la FNMT) y seguir los pasos que te indicamos a continuación:

  • 1. Identificarse, con Certificado Digital.
  • 2. Cumplimentar todos los datos requeridos en la solicitud.
  • 3. Aportar los documentos necesarios.
  • 4. Comprobar los datos que has incluido y los archivos adjuntos.
  • 5. Firmar electrónicamente la solicitud, es decir, estampar tu firma pero en el archivo.
  • 6. Obtener el justificante de la solicitud.

Recuerda que es preciso leer bien la normativa y cumplir con los requisitos de la ficha de servicio. Asimismo, conviene saber que para la cuantía máxima de la ayuda se tendrán en cuenta los siguientes parámetros: oyequotes.com

  • Renta per cápita media mensual de la unidad familiar.
  • Existencia de una o varias circunstancias especiales (están indicadas en la convocatoria).
  • Reconocimiento de la condición de discapacidad del menor o menores acogidos por los Centros de Valora­ción y Orientación (EVOS).

Una vez obtenida la renta per cápita media mensual de la unidad familiar y fijado el importe de la ayuda por menor/mes, esta cuantía será incrementada por cada circunstancia especial que concurra, todo ello conforme a la tabla que se contiene en la convocatoria.

Para el caso de familias que tengan en acogimiento a menores reconocidos con la condición de persona con discapacidad por los Centros de Valoración y Orientación, la ayuda será de 100 euros/mes. La cuantía de la ayuda será individualizada por menor y abarcará los 12 meses del año.

Una misma unidad familiar no podrá percibir ayudas por una cuantía superior a 7.000 euros, excepto en aquellos casos en que exista discapacidad, en que no habrá limitación.

Así que no lo dudes, solicita ya la ayuda para continuar realizando esa gran labor.

Ficha del servicio | Ayudas individuales al acogimiento familiar de menores
Convocatoria | Bases
Documento | Normativa de referencia

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Algunas familias optan por poner a su cargo a menores de edad en régimen de acogimiento, así que son de agradecer las ayudas y apoyo que se ofrecen desde las

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2020-04-15

 

Ayudas individuales para el apoyo al acogimiento familiar de menores

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