abr ’10 |
17 |
8:00 am |
Marcharse a otra tierra a vivir siempre supone un cambio y esfuerzo para las personas emigrantes, pero volver no lo es menos, sobre todo para quienes se ven en la obligación de retornar por las dificultadas económicas que atraviesa el país en el que se habían instalado.
A las personas que están en esta situación, seguro que les interesan las ayudas que ofrece el Principado a emigrantes de Asturias que retornan a la región. Además, estas ayudas se pueden solicitar por Internet, si se dispone de Certificado Digital (el del DNI electrónico o el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).
Según podemos leer en el BOPA en el que se publicó la convocatoria, las ayudas pueden solicitarse desde el pasado 17 de abril hasta el próximo 31 de agosto de 2010. Así mismo, emigrantes de Asturias que retornen y que se encuentren en situación de precariedad, podrán solicitar otros gastos extraordinarios derivados del hecho del regreso, si bien están excluidos los gastos los ocasionados por la compraventa de inmuebles y el traslado de muebles o enseres.
Los requisitos a cumplir para beneficiarse de estas ayudas son:
- 1. Ser emigrante asturiano-a retornado-a, llevar más de 10 años en la emigración y sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, que ostenten la nacionalidad española, siempre que no hayan transcurrido más de dos años desde su retorno a España.
- 2. Excepcionalmente las personas emigrantes asturianas que se encuentran temporalmente en Asturias, que hubieran tenido que abandonar su país de emigración por razones humanitarias o por la misma causa, no puedan regresar a él. En este caso no se tendrá en cuenta ni el tiempo de residencia fuera de España ni la necesidad de presentar la baja consular.
- 3. Cuando las personas solicitantes formen parte de una misma unidad familiar únicamente será una la persona beneficiaria de la totalidad de miembros de dicha unidad.
- 4. Las personas solicitantes deberán ostentar la nacionalidad española, ser mayores de edad, ser naturales de Asturias o descendiente de asturiana o asturiano hasta segundo grado de consanguinidad, estar empadronado o empadronada en algún municipio de Asturias, haber sido emigrante durante más de 10 años o más y no llevar más de dos como emigrante retornado, acreditar la condición de emigrante retornado y no superar los ingresos mínimos contemplados en la convocatoria.
Finalmente, te explicamos los pasos a seguir para iniciar la solicitud: Identificarte, cumplimentar la información, adjuntar archivos (además de los documentos solicitados, se pueden adjuntar hasta 15 archivos), comprobar información, firmar y obtener justificante. Así de fácil. ¡Ánimo!
Acceso | Ayudas a emigrantes asturianos retornados
Consultar | Normativa de referencia
Ayudas a emigrantes asturianos-as retornados-as | Asturias Tramita
Marcharse a otra tierra a vivir siempre supone un cambio y esfuerzo para las personas emigrantes, pero volver no lo es menos, sobre todo para quienes se ven en
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2021-08-25

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